ARTICULO 1.-  La razón social de la Asociación es “ASOCIACIÓN NACIONAL DE ESPECIALISTAS EN CIENCIAS AVÍCOLAS DE MÉXICO” e ira seguida de las palabras “ASOCIACIÓN CIVIL” o de sus abreviaturas “A.C.”, pudiendo usar también las siglas “ANECA DE MÉXICO”.

ARTICULO 3.- El domicilio de la Asociación es la Ciudad de México, Distrito Federal, pudiendo establecer oficinas o dependencias en cualquier parte del país o del extranjero y pactar domicilios convencionales.

ARTICULO 4.-  Queda convenido por los asociados de toda índole que todos aquellos miembros extranjeros actuales o futuros de la Asociación, quedan obligados con el Gobierno Federal a través de la Secretaria de Relaciones Exteriores, a considerarse como mexicanos respecto de las participaciones en la Asociación que adquieran o de que sean titulares, así como respecto de los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sea o llegue a ser titular de la misma y de los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en que sea parte de la propia Asociación y a no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos bajo la pena, en caso contrario, de peder el beneficio de la Nación Mexicana las participaciones sociales que hubieran adquirido...

ARTICULO 5.- La duración de la Asociación es indefinida.

 

   
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